Caución
Seguro de Caución
El asegurador se obliga a indemnizar al beneficiario por el incumplimiento del tomador/cliente de sus obligaciones legales o contractuales con el beneficiario. El seguro permite otorgar una garantía a la empresa.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, la prestación de caución, cuyos sinónimos son fianza y garantía, se dan en diferentes tipos de prestación de caución para indemnizar los daños a un tercero.
Se puede dar en:
· dinero efectivo
· aval bancario o sociedad de garantía recíproca
· seguro de caución.
Su fin es garantizar una disponibilidad inmediata en caso de incumplimiento de un deber o contrato.
Las principales ventajas del seguro de caución en comparación con el aval bancario y con la sociedad de garantía recíproca son:
– permite tener más líneas de crédito con la banca dado de que NO computa en CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España). Así libera activo para otras inversiones o finalidades.
– El único gasto es la prima. La aseguradora No penaliza el cliente por la cancelación o tiene tasas extras para el mantenimiento que es una diferencia con la banca. Esto a su vez permite ahorrar más a la empresa.
– El Seguro no lleva comisión para apertura o estudio.
– El seguro no exige como una sociedad de garantía a comprar participación (entre 500 000 euros y 1 000 000 euros). Tampoco hay que devolverlo al licitar.
– El banco exige inmovilizaciones o pignoración de la cuenta corriente del cliente para garantizar adicionalmente el aval. La aseguradora no exige nada de esto lo cual permite tener más finanzas libres a la empresa.
– El banco cobra por el periodo completo y nunca devuelve dinero si la duración de la garantía es menor que el periodo facturado. La Aseguradora calcula proporcionalmente al tiempo transcurrido y devuelve dinero.
– La prima se deduce fiscalmente por empresas y profesionales autónomos.
– El aval exige la firma de un notario y sus correspondientes gastos. La aseguradora NO exige la firma del notario, sino de la empresa sin gastos.
– El Seguro de caución se cancela fácil y rápido, en el momento en el que no lo necesite, no pagara más.
– Es un producto aplicable a cualquier situación – los ejemplos son muy amplios, desde los concursos públicos, afianzamiento de cantidades, avales para alquiler hasta avales ante de los organismos oficiales (agencias de viajes, puntos de conexión, etc.)
– Es aceptable para los organismos oficiales
Seguros de caución que se exigen para ejercer una actividad
1. Para empresas de seguridad /persona física o jurídica/ deben contratar un seguro para tener la autorización de inicio de la actividad . El seguro se presenta ante la Dirección General de la Policía (Ministerio de Interior). La empresa garantiza una suma para responder de sanciones del órgano. La suma asegurada depende de lo acordado en el Convenio/reglamento de Seguridad Privada, de la actividad de realizar y del ámbito de actuación.
2. Para agencias de viajes
La unión europea exige que se garantizan las obligaciones derivadas de la actividad o en caso de insolvencia por un importe de 100 000 euros en el primer año y a partir del segundo año mínimo del 5% del volumen de negocio del año anterior.
3. En caso de las Garantías ante Aduanas e importaciones temporales, este seguro se llama también seguro de importación o garantía para importadores. Con el seguro se garantiza el pago de las deudas aduaneras y fiscales (IVA e Impuestos Especiales) . Se dirige a agentes aduaneros, importadores, importadores temporales y empresas transitarias.
4. Empresas de trabajo temporal (ETT)
Esta garantía se exige para obtener autorización para operar como ETT.
5. Los mismos corredores de seguros deben obtener la licencia para operar en España teniendo un seguro de caución que garantiza si se cometen errores en la cotización, incentivar los clientes a declarar informaciones erróneas en las solicitudes de seguros.
6. En algunas comunidades es obligatorio tener el seguro de caución por poder ejercer como agente inmobiliario.
Seguros de caución para cubrir obligaciones ante la Administración publica
Según la Ley de contratos de sector público, las administraciones publicas ofrecen contratos a empresas privadas de obras, servicios o suministros vía concursos públicos.
Son dos tipos:
· Garantías de licitación o provisionales que se dirigen al mantenimiento de la oferta
· Garantías de ejecución/ cumplimiento o definitivas (en inglés performance bond) aseguran el cumplimiento de las obligaciones del contrato.
Seguros para el sector de la Energía que exige la Ley.
Seguros de caución para aplazar impuestos:
Te da una garantía para el aplazamiento de cualquier impuesto ante la Administración Tributaria. Se pueden aplazar IVA, Impuesto de sociedades y pagos fraccionados a cuenta y liquidación anual.
Garantías para impuestos especiales de alcohol, cerveza, vino, hidrocarburos y labores de tabaco, carbón o electricidad cubre la suma de las cuotas que surjan de incidencias en la circulación de bienes sujetos a impuestos desde la aduana de importación hasta el establecimiento.
Seguros de caución para el adelanto de fondos
Seguro de caución para subvenciones. Si tu empresa pide ayuda pública para poder ejecutar obras con el fin de crear, trasladar establecimiento industrial, modificar tus líneas de producción o implementar tecnología industrial. Para poder optar a la ayuda, el receptor de la subvención deberá presentar una garantía mediante un seguro de caución cuando solicita la ayuda.
Seguros de caución para construcción
Puedes leer más sobre este tema en la página dedicada a los seguros para construcciones.
Seguros de caución judicial
Garantiza las cantidades en caso de sentencias por despidos de trabajadores, disputas en el pago de impuestos, contra clientes o proveedores, sanciones por la Agencia Tributaria, etc.
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